GUÍA
Fianza de propuesta
cuándo se exige y por cuánto.
La fianza de propuesta garantiza que el proponente mantendrá su oferta y firmará el contrato si resulta adjudicado. No se exige en todos los actos y su monto y vigencia están fijados por la ley.
¿Cuándo se exige?
Cuando el precio de referencia supera B/.500.000. Si no los supera, no se exige (art. 122 del Texto Único).
Tampoco se requiere en las licitaciones por convenio marco ni en los procedimientos excepcionales.
Monto y vigencia
- Monto: 10 % del importe o valor total de la propuesta.
- Vigencia: no mayor de 120 días hábiles, según el pliego. Por el monto o la complejidad del contrato, el pliego puede fijar otra, sin exceder 180 días hábiles.
- La entidad no puede rechazar de plano una oferta porque la fianza sea mayor del 10 % o tenga un plazo mayor al del pliego (art. 122 del Texto Único).
Casos especiales del mismo artículo:
| Caso | Fianza de propuesta |
|---|---|
| Subasta en reversa o de bienes públicos | 10 % del avalúo del bien (no aplica en subastas electrónicas) |
| Arrendamiento de bienes del Estado | Dos meses de canon de arrendamiento |
| Cuantía indeterminada | La que fije la entidad con la Contraloría, hasta B/.1.000.000 |
Cómo se puede constituir
En efectivo, en títulos de crédito del Estado, mediante fianza emitida por una compañía de seguros, garantía bancaria, o cheque certificado o de gerencia (art. 120 del Texto Único). Se emite a favor de la entidad y de la Contraloría General de la República (art. 128).
En ofertas electrónicas, la fianza puede presentarse electrónicamente si tiene un método de validación que permita a la entidad verificar su validez y vigencia (art. 122).
Si gana y no firma
El adjudicatario está obligado a mantener su propuesta y firmar el contrato. Si no lo hace en el tiempo del pliego por causas que le son imputables (art. 122 del Texto Único):
- La entidad ejecuta la fianza de propuesta y lo inhabilita por seis meses.
- Si el acto no exigía fianza, la inhabilitación es de un año.
- La inhabilitación puede apelarse ante el TACP en dos días hábiles desde la notificación; el TACP resuelve en tres.
Además, si el adjudicatario no constituye la fianza de cumplimiento en el término correspondiente, pierde la fianza de propuesta a favor del Tesoro Nacional (art. 129). La fianza de cumplimiento se exige en los actos de más de B/.50.000 (art. 123).
Preguntas frecuentes
¿Una licitación de B/.400.000 exige fianza de propuesta?
No. La fianza de propuesta se exige solo cuando el precio de referencia supera B/.500.000 (art. 122 del Texto Único de la Ley 22 de 2006).
¿Me pueden descalificar por presentar una fianza mayor al 10 %?
No. La entidad no puede rechazar de plano una oferta acompañada de una fianza de propuesta mayor del 10 % o con un plazo mayor al establecido en el pliego (art. 122).
Esta guía es información general y no constituye asesoría legal. Los plazos y montos del pliego de cada acto y las normas que lo rijan prevalecen; verifique siempre el caso concreto.